Auto nº 051/07 de Corte Constitucional, 21 de Febrero de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 43626056

Auto nº 051/07 de Corte Constitucional, 21 de Febrero de 2007

PonenteJaime Cordoba Triviño
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2007
EmisorCorte Constitucional
ExpedienteD-6261

Auto 051/07

SENTENCIA DE CONSTITUCIONALIDAD-Corrección de parte resolutiva

Referencia: corrección sentencia C-858 de 2006. Expediente D-6261

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del Decreto 1295 de 1994.

Actor: Leonardo Cañón Ortegón

Magistrado Ponente:

Dr. JAIME CORDOBA TRIVIÑO

Bogotá D.C., veintiuno (21) de febrero de dos mil siete (2007).

La Sala Plena de la Corte Constitucional, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

  1. Que por un error involuntario, en la parte resolutiva de la Sentencia C-858 de 2006 se refirió a los numerales 9, 10 y 13 en la expresión ''En forma voluntaria'' del Decreto Ley 1295/94, cuando en realidad ha debido mencionarse los artículos 9, 10 y 13 en la expresión ''En forma voluntaria'' del Decreto Ley 1295/94.

  2. Que el error anterior necesita ser corregido,

RESUELVE

PRIMERO.- Corregir el numeral primero de la parte resolutiva de la Sentencia C-858 de 2006, de manera tal que se entienda que son los artículos 9, 10 y 13 en la expresión ''En forma voluntaria'' del Decreto Ley 1295/94, los que se declaran inexequibles.

SEGUNDO.- Que en vista de lo anterior, en lo sucesivo, la parte resolutiva de la Sentencia C-858 de 2006 quedará así:

''Primero. Declarar INEXEQUIBLES los artículos 9, 10 y 13 en la expresión ''En forma voluntaria'' del Decreto Ley 1295/94.

  1. y adiciónese a la Sentencia C-858 de 2006, notifíquese, comuníquese, cúmplase e insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional.

RODRIGO ESCOBAR GIL

Presidente

JAIME ARAÚJO RENTERÍA

Magistrado

MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA

Magistrado

JAIME CORDOBA TRIVIÑO

Magistrado

MARCO GERARDO MONROY CABRA

Magistrado

NILSON PINILLA PINILLA

Magistrado

HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO

Magistrado

AUSENTE CON EXCUSA

ALVARO TAFUR GALVIS

Magistrado

CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ

Magistrada

MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ

Secretaria General

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