Auto nº 082/19 de Corte Constitucional, 20 de Febrero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 769937749

Auto nº 082/19 de Corte Constitucional, 20 de Febrero de 2019

Ponente:CRISTINA PARDO SCHLESINGER
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2019
EmisorCorte Constitucional
ExpedienteD-12516

Auto 082/19

Referencia: Expediente D-12516

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 5, 56, 68, 70, 74, 80 de la Ley 336 de 1996 (Estatuto General de Transporte).

Magistrada Sustanciadora:

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

Bogotá D.C., veinte (20) de febrero de dos mil diecinueve (2019).

La Sala Plena de la Corte Constitucional, en uso de sus facultades constitucionales y legales, profiere el presente Auto con fundamento en las siguientes

CONSIDERACIONES

  1. Mediante Auto del veintinueve (29) de enero de 2018 la Magistrada ponente admitió la acción de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano E.P.E. contra los artículos 5, 56, 68, 70, 74, 80 de la Ley 336 de 1996 (Estatuto General de Transporte).

    Consecuentemente, además de dicha admisión, en dicha providencia la Corte dispuso: (i) la fijación en lista de las normas acusadas por el término de diez (10) días (numeral segundo); (ii) la comunicación al Presidente de la República, al Congreso de la República y a los Ministerios de Justicia y del Derecho, de Trabajo, de Salud y Protección Social y de Transporte (numeral tercero), (iii) la invitación la Federación Nacional de Departamentos, a la Federación Nacional de Municipios, a la Superintendencia de Puertos y Transporte, a la Dirección General M. – DIMAR –, al Consejo Superior del Transporte, a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles – ACDAC-, a la Central unitaria de Trabajadores de Colombia –CUT -, a la Confederación Colombiana de Transportadores, a la Asociación del Transporte Aéreo de Colombia –ATAC-, a la Confederación Nacional de Transportadores Urbanos – CONALTUR-, Asociación Asotaxi del Caguán, A.F. de M.L., a la Organización Internacional del Trabajo – a través de la oficina de proyectos en Colombia -, a la Academia Colombiana de Jurisprudencia, a las Facultades de Derecho de la Pontificia Universidad Javeriana, Universidad Libre, la Universidad de Los Andes, la Universidad del Rosario –Grupo de Acciones Públicas y Observatatorio Laboral-, la Icesi de Cali –Grupo de Acciones Públicas-, la Universidad del Norte, la Universidad de Antioquia, la Universidad de la Amazonía, la Universidad del Cauca y la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia - UPTC- Sede Central Tunja, para su intervención dentro del término de fijación en lista (numeral cuarto); (iv) el traslado de ley al Procurador General de la Nación (numeral quinto) y, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Plena de la Corte en el numeral segundo del Auto 305 de 2017 se suspendieron los términos del presente proceso (numeral sexto).

  2. Para la presente fecha la Corte considera plausible levantar la suspensión de términos dispuesta para este proceso y continuar con el trámite en que se encontraba en el momento de la suspensión. En consecuencia, deberá darse cumplimiento a los numerales segundo y siguientes del Auto del 29 de enero de 2018.

    Por lo anteriormente expuesto la Sala Plena de la Corte Constitucional

RESUELVE

PRIMERO.- Levantar los términos de suspensión del proceso identificado con los números de expedientes D-12516, correspondiente a la demanda formulada contra los artículos 5, 56, 68, 70, 74, 80 de la Ley 336 de 1996 (Estatuto General de Transporte). En consecuencia, ejecutoriada esta decisión se contabilizarán nuevamente los términos a partir de la instancia procesal en la que se encontraban al momento de la suspensión.

SEGUNDO.- Ordenar a la Secretaría General de esta Corporación dar trámite al numeral segundo y siguientes del Auto del veintinueve (29) de enero de dos mil dieciocho (2018), mediante el cual se admitió la demanda contra los artículos 5, 56, 68, 70, 74, 80 de la Ley 336 de 1996 (Estatuto General de Transporte).

TERCERO.- Ordenar a la Secretaría General de esta Corporación comunicarle al Procurador General de la Nación sobre la expedición de la presente providencia.

N., publíquese, comuníquese y cúmplase.

GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO

Presidenta

Ausente en comisión

CARLOS BERNAL PULIDO DIANA FAJARDO RIVERA

Magistrado Magistrada

Ausente en comisión

LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ ALEJANDRO LINARES CANTILLO

Magistrado Magistrado

ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO CRISTINA PARDO SCHLESINGER

Magistrado Magistrada

JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS ALBERTO ROJAS RÍOS

Magistrado Magistrada

Ausente con excusa

MARTHA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

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