Auto nº 557/19 de Corte Constitucional, 11 de Octubre de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 819621209

Auto nº 557/19 de Corte Constitucional, 11 de Octubre de 2019

Ponente:GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2019
EmisorCorte Constitucional
ExpedienteT-025/04

Auto 557/19

Referencia: solicitud elevada por la Alcaldía municipal de Mapiripán, en relación con la mesa técnica de trabajo convocada en el marco del seguimiento al cumplimiento del Auto 173 de 2012.

B.D., once (11) de octubre de dos mil diecinueve (2019).

La suscrita M.P. de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en uso de sus facultades constitucionales y legales, profiere la presente decisión con fundamento en las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. Mediante Auto 173 de 2012, la Sala Especial de Seguimiento adelantó un análisis acerca de las principales causas y efectos del desplazamiento forzado sobre los derechos de los pueblos J. y Nükak en los departamentos de Meta y Guaviare. En este pronunciamiento, la Sala constató la persistencia del riesgo de exterminio físico y cultural de estas etnias y, en consecuencia, ordenó implementar un plan provisional urgente de reacción y contingencia; así como tomar medidas urgentes en materia de reubicación; identificación; educación; coordinación interinstitucional; presupuesto; protección de las autoridades, comunidades y sus territorios; y prevención del reclutamiento de menores de edad.

  2. En seguimiento a esta providencia, a través del Auto 518 de 2019, esta Corporación convocó a una mesa técnica de trabajo a las instituciones responsables del cumplimiento del Auto 173 de 2012, las autoridades indígenas de los pueblos J. y Nükak, los organismos de control del Estado y la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, con el propósito de avanzar en la remoción de los obstáculos identificados para el cumplimiento de las órdenes encaminadas a garantizar los derechos del pueblo J.[1].

  3. El dos (2) de octubre del año en curso, la Alcaldía de Mapiripán (Meta) solicitó a esta Corporación invitar a la Personería municipal a participar en la mesa técnica de trabajo convocada mediante Auto 518 de 2019, debido a que la misma apoya a la administración local en los procesos que adelanta y, como ente de control, realizó diferentes acciones preventivas que incidieron de manera positiva en el goce efectivo de los derechos de las comunidades J..

  4. Dada la importancia de conocer la situación humanitaria del pueblo J. y los obstáculos que inciden en la garantía de sus derechos, así como la necesidad de buscar posibles soluciones que permitan avanzar el cumplimiento del Auto 173 de 2012, la suscrita Magistrada encuentra procedente la solicitud elevada por la Alcaldía de Mapiripán.

  5. En tal virtud, en la presente decisión, se convocará a la Personería municipal de Mapiripán a la mesa técnica de trabajo citada mediante Auto 518 de 2019. Adicionalmente, se le solicitará presentar un informe de manera previa a la celebración de la diligencia, en el cual deberá referirse a:

    i. Qué acciones y medidas, desde el ámbito de sus competencias, adoptó para la protección de los derechos del pueblo J. y para avanzar en el cumplimiento de las órdenes de la Corte Constitucional.

    ii. Qué obstáculos considera que impiden (i) cumplir a cabalidad las órdenes de la Corte Constitucional y los compromisos consignados en la citada Acta del 14 de diciembre de 2016; (ii) garantizar efectivamente los derechos del pueblo J.; y (iii) evitar la ocurrencia de nuevas afectaciones sobre las comunidades de la etnia J..

    iii. Qué acciones o medidas considera que se deberían adoptar para superar dichos obstáculos.

  6. De conformidad con lo anterior, resulta necesario ajustar la agenda dispuesta en el Auto 518 de 2019 y, en consecuencia, la mesa técnica de trabajo se desarrollará de acuerdo con la siguiente:

    AGENDA

    Instalación

    8:00 a 8:10

    Primer bloque temático

    Intervenciones de las autoridades indígenas J.

    Vocero de la población J. del Guaviare

    8:10 a 8:30

    Vocero de la población J. del Meta

    8:30 a 8:50

    Intervención del Gobierno Nacional

    Vocero: Unidad para las Víctimas

    8:50 a 9:00

    Intervención de las autoridades territoriales del Guaviare

    Vocero: Gobernación del Guaviare

    9:00 a 9:10

    Intervención de las autoridades territoriales del Meta

    Vocero: Gobernación del Meta

    9:10 a 9:20

    Intervenciones de los organismos de control del Estado

    Defensoría del Pueblo

    9:20 a 9:30

    Procuraduría General de la Nación

    9:30 a 9:40

    Contraloría General de la República

    9:40 a 9:50

    Personería municipal de Mapiripán

    9:50 a 10:00

    Intervención de la Comisión de Seguimiento

    Comisión de Seguimiento a la Política Pública del Desplazamiento Forzado

    10:00 a 10:10

    Receso

    10:10 a 10:30

    Segundo bloque temático

    Diálogo en torno a los obstáculos que inciden el goce efectivo de los derechos de la población J. y posibles soluciones.

    10:30 a 12:50

    Cierre de la Mesa de Técnica de Trabajo

    12:50 a 13:00

    En mérito de lo expuesto, la Sala Especial de Seguimiento,

RESUELVE

Primero. – MODIFICAR la agenda de la mesa técnica de trabajo convocada mediante Auto 518 de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el fundamento jurídico sexto (6º) de esta providencia.

Segundo. - CONVOCAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a un (1) delegado de la Personería municipal de Mapiripán (Meta) a la mesa técnica citada en virtud del Auto 518 de 2019.

Tercero. - SOLICITAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la Personería municipal de Mapiripán (Meta), presentar un informe en el cual responda las preguntas formuladas en el fundamento jurídico quinto (5º) de este auto.

Este documento deberá ser allegado el veintitrés (23) de octubre del año en curso. Además, se deberá remitir una copia del mismo a la Unidad para las Víctimas y la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado.

N. y cúmplase.

G.S.O.D.

M.P.

Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004

MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

[1] La mesa técnica de trabajo también se convocó en cumplimiento de la orden sexta del Auto 265 de 2019.

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